Es el que protegerá a los profesionales y técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia con ingresos promedio, iguales o superiores a un salario mínimo nacional, con aportes del trabajador y un subsidio estatal para suplir la falta de empleador.
Se financia con las contribuciones obligatorias de los afiliados y un subsidio que aportará el Estado Dominicano para suplir la falta de un empleador.
Aportan a este Régimen Los trabajadores y el Estado Dominicano supliendo la falta del empleador.
La vigencia el Régimen Contributivo Subsidiado es una decisión la debe tomar el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), luego de terminados los estudios socioeconómicos y de factibilidad técnica - financiera.
Los beneficiarios serán:
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Serán beneficiarios:
- Los profesionales y técnicos que trabajan en forma independiente, así como sus familiares;
- Los trabajadores por cuenta propia, del casco urbano y rural, así como sus familiares;
- Los trabajadores a domicilio, así como sus familiares;
- Los jubilados y pensionados del Régimen Contributivo Subsidiado.
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El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) establecerá los criterios e indicadores para determinar la población que clasifica para el Régimen Contributivo Subsidiado.
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Las prestaciones son:
- Plan Básico de Salud;
- Servicios de estancias infantiles.
La cobertura del Seguro de Riesgos Laborales (SRL) en el Régimen Contributivo Subsidiado (RCS) para Los trabajadores por cuenta propia, serán hará de forma gradual, previo estudio de factibilidad técnica y financiera, según el Art. 5, Literal C, Letra b, de la Ley 87-01.
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