Que es el Plan Básico de Salud (PBS)?
Es un conjunto de servicios de salud, otorgados a través del Seguro Familiar
de Salud a todos los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, los servicios
ofertados son de carácter integral, es decir incluye prevención de enfermedades
y promoción de la salud, atención a los enfermos, ambulatoria y hospitalaria, diagnósticos,
servicios odontológicos, medicamentos y rehabilitación.
Que es el Plan de Servicios de Salud (PDSS)?
Es un Plan de servicios de Salud, producto del acuerdo firmado por todos los
actores del sistema el 19 de diciembre del 2006, para entrar en vigencia el Seguro
Familiar de Salud para el Regímen Contributivo, es considerado como la primera versión
del PBS. Iniciará su aplicación el primero de junio del 2007.
Cual es la diferencia entre el PBS y el PDSS?
El PBS tiene un catalogo definido con todos los servicios de salud, el PDSS
define gradualidad en la entrega de esos servicios, establece co-pagos, topes y
cuotas moderadoras.
Cuales son los servicios con Gradualidad?
Son todos aquellos servicios que no entran de inmediato con el PDSS, si
no que irán incorporándose al catalogo para ir ampliando la oferta de servicios
de salud.
Cuales servicios se quedan para la gradualidad?
Algunos servicios odontológicos, diálisis y hemodiálisis peritoneal.
Me cubrirá el PDSS medicamentos?
Si, todos los medicamentos en internamiento son cubiertos y los
ambulatorios que están incluidos en el cuadro de medicamentos esenciales aprobado
por SESPAS, pero para recibir este beneficio debe hacer un co-pago y presentar una
receta en el modelo establecido para recibir este beneficio.
Que es eso de Co-pago?
Del monto total de medicamentos cubiertos por el PDSS, la ARS a que pertenezca
el afiliado deberá cubrir el 70% y el usuario el 30%, es un pago compartido, el
porcentaje esta establecido por la ley 87-01.
Que debo hacer cuando se incluye un medicamento no cubierto por el PDSS?
Solo se cubren los medicamentos incluidos en el cuadro básico, de lo contrario
el usuario tendrá que pagar el total del costo del medicamento. Para indicar un
medicamento que no este en el cuadro básico, el medico deberá justificar la contraindicación
del uso de cualquier medicamento del cuadro básico.
Tengo que pagar por las consultas?
Si, para recibir consultas ambulatorias el PDSS, fija una cuota de RD$ 100.00,
no debe pagar más y el pago se hace directo en el centro donde reciba la atención.
Los afiliados que pertenecen al regímen subsidiado son los únicos que no pagan.
Es Cierto que no puedo ir a mi medico especialista?
Claro que si, si su caso lo amerita, en salud la atención tiene tres pisos,
en el primero se resuelven el 80% de los casos, es la puerta de entrada al sistema,
usted acude a un centro del primer nivel, si el medico considera, la refiere al
especialista, si el de su preferencia esta en la red de prestadores de su ARS, usted
solicita que se refiera allá. Pero si no es necesario no será referida, pero usted
puede ir por cuenta propia.
Donde debo dirigirme en caso de tener una queja sobre un hospital o centro de
salud?
Las no conformidades, inconvenientes o cualquier tipo de queja o trato inapropiado
que reciba en cualquier centro de salud, deberá presentar su denuncia a la ARS que
este afiliado, entidad responsable de garantizar una atención de calidad, oportuna
y satisfactoria.
Si mi queja es sobre la ARS entonces que hago?
Acuda a la SISALRIL, entidad que regula y supervisa a las ARS.
¿Si yo tenía una Acreditación anterior, también tengo que acreditarme ahora?
Si esta Nueva regulación obliga a Reacreditarse a los Auditores Anteriores y Acreditarse a los Nuevos Auditores que ejercer Auditoría Externa de las ARS/SNS/ARL.-
¿Si yo pertenezco a una Firma de Auditores, al aprobar la firma como Auditores Externos Acreditados, todos los Auditores que pertenecen a la firma quedan automáticamente aprobados?
No, la acreditación de los Profesionales Auditores es Individual y particular, ya sea que pertenezcan o no a una Firma. Por tanto, una firma puede estar Acreditada debido a las Auditorias que haya realizado anteriormente a las ARS/SNS/ARL, pero los Auditores que tiene en la Actualidad, deben demostrar que ellos tienen la experiencia y los conocimientos para realizar las nuevas Auditorias.-
¿Si una Firma de Auditores ha realizado 3 o 4 Auditorias a las ARS en el pasado y en la actualidad está solicitando acreditación para 12 Contadores y/o Auditores, como pueden ustedes determinar cuál de ellos fue que trabajo en las Auditorias pasadas?
En ese caso, todos los prospectos de Auditores y/o solicitantes tienen la opción de suministrar:
o Evidencias que demuestren sus conocimientos y experiencias en Auditorías realizadas directamente por ellos. O
o Someterse a un Examen Técnico (Ley 8701 y modificaciones, Resoluciones, Reglamentos, Normas de Contabilidad y Auditoría, etc.) en la SISALRIL.-
o En cualquiera de los dos casos, que dicha evaluación resulte satisfactoria para la SISALRIL, entonces el Auditor es Acreditado.-
¿ Si estoy solicitando acreditación, pero nunca he podido realizar una Auditoria, como les demuestro que conozco la Ley?
Fácil, sometiéndose a un e3xamen Técnico (Ley 8701 y modificaciones, Resoluciones, Reglamentos, Normas de Contabilidad y Auditoría, etc.) en la SISALRIL.- Que al ser desarrollado satisfactoriamente le permite acreditarse como Auditor Independiente de las ARS/SNS/ARL.
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